Toda empresa titular de vehículos dotados de tacógrafo digital deberá atender los requerimientos de petición de datos los organismos de control. Para ello deberá aportarlos empleando soporte físico CD-R o CD-RW, correo electrónico o descargando los ficheros mediante una página Web de descarga.
En cualquier caso, el formato de ficheros deberá ser compatible con el sistema de ficheros Windows XP o equivalente, y para poder verificar la autenticidad e integridad de los datos recibidos, éstos se remitirán siempre con una firma digital añadida, la cual se ajustará a lo establecido en el apéndice 11 del Anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85.
Los datos se podrán requerir desagregados por vehículo, conductor o período de actividad. El nombre de los ficheros tendrá la siguiente estructura:
V_M…M_C…C_YYYYMMDD_HHMM.TGD
Donde:
1. V : identifica el tipo de fichero (datos de la VU).
2. M…M : VRN (matrícula del vehículo). Campo de longitud variable.
3. C…C : país con cuyo certificado se firman los datos de la VU. Campo variable de 1 a 3 caracteres. Codificado según el Anexo I B del Reglamento (CEE) número 3821/85 en su Apartado 2.71.
4. YYYYMMDD_HHMM : fecha y hora en la que se realizó la descarga:
4.1. YYYY : año.
4.2. MM : mes.
4.3. DD : día.
4.4. HH : hora.
4.5. MM : minuto.
5. TGD : extensión del fichero.
El fichero deberá contener datos de actividad de todas las fechas incluidas en el periodo que se solicite, en orden cronológico.