La tarjeta de conductor deberá ser renovada a petición del interesado en un plazo máximo de quince días hábiles antes de la fecha de caducidad de la tarjeta. La tarjeta de conductor deberá renovarse cada cinco años. Para ello deberán dirigirse al órgano competente en materia de transporte por carretera que corresponda al lugar en que el solicitante tenga su residencia.
Las solicitudes de otorgamiento de renovación de tarjetas de conductor deberán formularse por Internet o mediante escrito ajustado al modelo que figura como anexo I de la Orden FOM/1190/2005, en el que se harán constar los mismos datos que los establecidos para la solicitud, con las siguientes particularidades:
Una vez comprobada la identidad del solicitante y comprobado el cumplimiento de los requisitos, el órgano competente expedirá una nueva tarjeta antes de la fecha de caducidad, siempre que la solicitud o primera emisión hubiera sido presentada dentro del plazo arriba señalado.
La nueva tarjeta tendrá un plazo de validez de cinco años y se entregará al solicitante en la oficina emisora o en el domicilio que se hubiera determinado al efecto.