Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Se acortan al máximo los plazos previstos para la aprobación del real decreto

El Consejo de Ministros autoriza la tramitación urgente del real decreto que amparará la subvención al transporte regular de los residentes de Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla

  • Esta norma permitirá acelerar la aprobación del Real Decreto previsto para dotar de seguridad jurídica y permanencia a la medida que se pondrá en marcha este mes de julio a través de un acuerdo del Gobierno
  • Se trabaja así de forma intensa para conseguir aumentar del 50% al 75% la subvención de las tarifas de transporte aéreo y marítimo de los residentes en los territorios extra peninsulares con el resto del territorio nacional

El Consejo de Ministros ha autorizado, en su reunión de hoy, la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación del real decreto que aumentará la subvención del 50% al 75% de las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y de los billetes de transporte marítimo de los españoles no peninsulares en los trayectos entre las Comunidades Autónomas de Canarias, Illes Balears y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y el resto del territorio nacional.

En paralelo a esta medida, en este mes de julio, se hará efectivo el aumento de la subvención, a través de un acuerdo del Consejo de Ministros, tal y como acordaron el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, la presidenta de Illes Balears, Francina Armengol, y el presidente de Canarias, Fernando Clavijo, en la reunión que tuvo lugar en Madrid el pasado martes 3 de julio.

El real decreto cuya tramitación de urgencia se dispone hoy dotará de seguridad jurídica y permanencia a la aplicación del aumento de esta subvención.

Con la declaración urgente del real decreto, que acorta al máximo los plazos previstos para su tramitación y aprobación, se da cumplimiento a lo previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que autoriza al Gobierno para que durante el año 2018 y con vigencia indefinida, modifique la cuantía de la subvención al transporte regular, aéreo y marítimo, de los residentes en los territorios extra peninsulares con el resto del territorio nacional.