Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Derechos de los pasajeros

Derecho de embarque

Todos los pasajeros que han comprado un billete tienen derecho de embarque. No obstante, existen algunas recomendaciones que hay tener en cuenta, antes de embarcar:

  • En la actualidad, existen limitaciones a los viajes internacionales con origen o destino España y restricciones de entrada en la mayoría de los países en el contexto de la pandemia COVID-19. Infórmese antes de viajar en el siguiente enlace.
  • Si usted está embarazada revise las recomendaciones para mujeres en estado de gestación, y recuerde que debe consultar con su médico antes de realizar el viaje.
  • Para aquellas personas que decidan viajar con animales, existen condiciones y normativas de seguridad para el transporte de animales de compañía promovidas por la Comisión Europea.
  • Las personas con movilidad reducida tienen derecho a recibir asistencia tanto en las instalaciones aeroportuarias como a bordo de la aeronave. Puede ampliar información sobre asistencia y derechos en el siguiente enlace.
  • La mejor prevención contra las enfermedades no comunes en vuelos internacionales es informarse sobre los consejos que el Ministerio de Sanidad recomienda tener en cuenta porque “la salud también viaja”.
  • Con respecto de los menores de edad, existen una serie de requisitos y recomendaciones tanto en el caso de que viajen solos como en el caso de que lo hagan acompañados.

Derechos de los pasajeros

Denegación del derecho de embarque, es la negativa de la aerolínea a transportar al pasajero en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque cumpliendo los requisitos establecidos en las Condiciones de Transporte, salvo que haya motivos razonables para dicha denegación, tales como razones de salud, seguridad, presentación de documentos de viaje inadecuados, etc., un ejemplo de denegación de embarque es el overbooking.

En un caso de denegación de embarque, por ejemplo por overbooking, la compañía deberá pedir voluntarios entre los pasajeros para no volar en dicho vuelo y en caso de haber pasajeros voluntarios, deberá acordar con ellos la contraprestación a recibir por la denegación de embarque. Estos pasajeros voluntarios también tendrán derecho a la información y al reembolso o transporte alternativo. Si finalmente no hay voluntarios suficientes y se deniega el embarque contra la voluntad del pasajero los derechos que le asisten son: Derecho de información, de asistencia, de reembolso o transporte alternativo y derecho a ser compensado inmediatamente (entendiéndose esto que el pasajero no tiene que realizar trámite adicional alguno para que le sea abonada dicha compensación) entre 250€ y 600 €, dependiendo de la distancia del vuelo:

Tabla de Compensaciones:

DISTANCIA DEL VUELO

COMPENSACIÓN REDUCCION DEL 50% SI LA LLEGADA DEL VUELO ALTERNATIVO ES MENOR DE:
Hasta 1.500 Km. 250 € 2 horas
Todo vuelo Intracomunitario de más de 1500 km. y todos los demás vuelos entre 1.500km. y 3500 km. 400 € 3 horas
Más de 3.500 km. 600 € 4 horas

Derecho a no cancelación o retraso de un vuelo

La cancelación es la no realización del vuelo programado para el cual habíamos comprado un billete.

El retraso, es la demora del vuelo en el aeropuerto de origen en relación a la hora inicialmente programada en su reserva. Los derechos que pueden invocarse en estos casos son: Derecho a información, a asistencia y al reembolso o a transporte alternativo en los mismos términos que la denegación de embarque, y Derecho a ser compensado (salvo circunstancias extraordinarias).

Derecho a viajar en la categoría contratada

Los cambios de clase se dan cuando la compañía aérea acomoda al pasajero en una clase inferior por aquella por la que pagó, esta, está obligada a reembolsar un porcentaje del precio del billete adquirido por el pasajero.

Derechos relacionados con el equipaje

En lo que se refiere al equipaje de mano o portante, es importante conocer que la normativa comunitaria ya hace tiempo que ha adoptado determinadas medidas de seguridad que restringen la cantidad de líquidos o sustancias de consistencia similar que los pasajeros pueden llevar consigo cuando pasan los controles de seguridad de los aeropuertos comunitarios. Para saber qué puede llevar como equipaje de mano, le recomendamos que consulte con la compañía aérea antes de emprender su viaje.

Para conocer y ampliar más información sobre la normativa aplicada para los equipajes consulte la Guía del Viajero disponible en la página web de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o bien en la página web de AENA.

Los pasajeros tienen el derecho a la integridad de su equipaje y pertenencias. En este sentido, existe un documento llamado Parte de Irregularidad del Equipaje o PIR, en sus siglas en inglés, que habitualmente utilizan las compañías aéreas. Este documento debe cumplimentarse inmediatamente después de recoger el equipaje y detectar la incidencia relacionada con su equipaje, o de constatar la falta del mismo (pérdida de equipaje). Es un requisito necesario e imprescindible para hacer constar una incidencia ocurrida y para la tramitación por la compañía aérea. El Parte de Irregularidad de Equipaje (PIR), debe solicitarse y cumplimentarse en el mostrador de la compañía de Handling, o de la compañía aérea responsable del vuelo.