En Madrid, a 17 de julio de 2007
Reunidos:
De una parte, el Ministerio de Fomento, con sede en Madrid, Paseo de la Castellana nº 67, representado por la Excma. Sra. Da. Magdalena álvarez Arza, Ministra de Fomento, en virtud del Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, por el que se dispone su nombramiento.
Y de otra, el Instituto de Crédito Oficial, con CIF Q-2876002-C, y domicilio en Madrid, Paseo, del Prado nº 4, representado por el Excmo. Sr. D. Aurelio Martínez Estevez, Presidente del citado organismo por virtud de su nombramiento por Real Decreto 1081/2004, de 18 de mayo.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficientes para formalizar el presente documento y, a tal efecto,
Exponen:
Primero.- Que entre los objetivos del Ministerio de Fomento, figuran, entre otras competencias, las actuaciones necesarias destinadas a contribuir al mantenimiento y apoyo de aquellos sectores especialmente relevantes y productivos dentro de la economía nacional.
Segundo.- Que el ICO es una Entidad Pública Empresarial de las previstas en el artículo 43.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General dei Estado, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía, que tiene naturaleza jurídica de Entidad de Crédito, y la consideración de Agencia Financiera del Estado.
Tercero.- Que el ICO tiene entre sus objetivos contribuir al sostenimiento y promoción de las actividades económicas que contribuyan a la riqueza nacional, y en especial, aquellas que tengan una especial trascendencia innovadora. Para el cumplimiento de sus fines el ICO puede utilizar la mediación de las Entidades de Crédito y establecer conveníos con instituciones públicas, nacionales e internacionales.
Cuarto.- Que el ICO, de conformidad con lo anterior y por Acuerdo adoptado por su Consejo General, en reunión celebrada el 22 de mayo de 2007, ha autorizado la instrumentación de una Línea de Mediación 'ICO - Transporte 2007', por importe global máximo de 300.000.000 euros.
Quinto.- Que, ante la confluencia de objetivos existentes entre el Ministerio de Fomento y el ICO, ambas partes acuerdan formalizar el presente Convenio de Colaboración para facilitar el apoyo financiero al 'Sector del Transporte'. En consecuencia, de acuerdo con todo lo expuesto, las partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las siguientes
Estipulaciones:
Primera.- Objeto del Convenio
El objeto del presente Convenio es definir los términos y condiciones de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el ICO, para establecer una Línea de préstamos de mediación para el sector del transporte. En adelante, Línea 'ICO - Transporte 2007'.
Segunda.- Cuantía de la línea ámbito territorial y vigencia
I.- Cuantía de la línea
Con destino a la financiación de todas las operaciones que se formalicen al amparo del presente Convenio, a través de la mediación de Entidades de Crédito, se establece un importe total de hasta un máximo de 300.000.000 (Trescientos millones) de euros.
II.- Ámbito territorial de aplicación
El ámbito territorial de aplicación del presente Convenio será el del Estado Español.
III.-Vigencia
El presente Convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de enero de 2008, o hasta el agotamiento de la dotación económica de la Línea, en cuanto a fechas de formalización de operaciones, sin perjuicio de la fecha de vencimiento establecida en los contratos de las operaciones de préstamo formalizadas acogidas al mismo.
Tercera.- Caracteristicas básicas de la línea
Las características básicas de esta Línea serán las siguientes:
Cuarta.- Obligaciones de las partes
El ICO, mediante la suscripción del presente Convenio de Colaboración y de acuerdo con las funciones que le son propias, se compromete a:
El Ministerio de Fomento, se compromete a:
Quinta.- Comisión de Interpretación
Caso de existir alguna discrepancia, en cuanto a la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, las partes se obligan a constituir una Comisión, que estará compuesta por dos representantes del ICO y dos representantes del Ministerio de Fomento, y que se encargará de resolver cualquier diferencia que pudiera derivarse de la interpretación y aplicación del mismo.
Visados
Cada página de cada uno de los ejemplares de este contrato ha sido convenientemente visada por D. Aurelio Martínez Estévez, por el Instituto de Crédito Oficial, y por Da. Magdalena Álvarez Arza, por el Ministerio de Fomento.
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente documento en duplicado ejemplar y en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Instituto de Crédito Oficial (ICO)
Paseo del Prado, 4
28014 Madrid
Teléfono de información general gratuito: 900 121 121
Web: http://www.ico.es/