Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Mercado de Rusia II

Fecha de publicación 10/06/2016

La Dirección General de Aviación Civil ha iniciado un procedimiento para la asignación de derechos de tráfico para el sobrevuelo de Rusia a través de rutas transiberianas en el mercado aéreo entre España y Rusia.

La capacidad disponible para operar servicios de pasajeros, correo y carga es la siguiente:

  • Ruta Madrid-Moscú-Tokio: 3 frecuencias desde la temporada IATA S16, 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.
  • Ruta Madrid-Moscú-Shanghái: 3 frecuencias desde la temporada IATA S16, 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.

Todo ello de conformidad con las condiciones de utilización de las rutas transiberianas por aeronaves subsónicas con menos de 500 asientos.

Las compañías aéreas que estén interesadas en iniciar operaciones en este mercado en los próximos nueve (9) meses, podrán concurrir a este procedimiento remitiendo su solicitud y proyecto operativo, siguiendo las instrucciones que se establecen en el acuerdo de inicio, en el plazo de cinco (5) días hábiles a contar desde el día siguiente al que le haya sido notificada la iniciación de este procedimiento, o en su defecto desde la fecha de publicación de este anuncio en la web del Ministerio de Fomento.

El Acuerdo de Inicio, junto con la información e instrucciones necesarias para concurrir a este procedimiento, pueden descargarse directamente desde la sección “Documentos de la página.

Resolución

En relación con el procedimiento de asignación de derechos de tráfico entre España y Rusia, para el sobrevuelo de Rusia a través de rutas transiberianas, iniciado en fecha 10 de junio de 2016, al que solo se ha presentado la compañía IBERIA; una vez comprobado que no concurren las causas de denegación previstas en el artículo 13.2 del Real Decreto 1678/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula la información sobre los derechos de tráfico aéreo procedentes de los acuerdos con terceros Estados en los que España sea parte y el régimen de su ejercicio, la Dirección General de Aviación Civil ha resuelto:

Asignar a IBERIA el derecho a operar vuelos regulares de pasajeros, correo y/o carga en el mercado España – Rusia para el sobrevuelo de Rusia a través de rutas transiberianas, con las siguientes frecuencias:

  • Ruta Madrid-Moscú-Tokio: 3 frecuencias desde la temporada IATA S16, 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.
  • Ruta Madrid-Moscú-Shanghái: 3 frecuencias desde la temporada IATA S16, 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.

En consecuencia, teniendo en cuenta las frecuencias asignadas con anterioridad a este procedimiento, la capacidad en este mercado queda establecida de la siguiente forma:

  • Ruta Madrid-Moscú-Tokio: 3 frecuencias a Iberia desde la temporada IATA S16 que aumentarán hasta 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y hasta 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.
  • Ruta Madrid-Moscú-Shanghái: 3 frecuencias a Iberia desde la temporada IATA S16 que aumentarán hasta 5 frecuencias desde la temporada IATA S17 y hasta 7 frecuencias desde la temporada IATA S18.