Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Requisitos a cumplir por las actuaciones susceptibles de financiación con cargo al 1,5% Cultural

Las actuaciones para las que se solicite financiación con cargo al 1,5% Cultural, además de cumplir la finalidad establecida en la Ley de Patrimonio Histórico Español (consistir en trabajos de conservación, restauración, rehabilitación y consolidación de bienes inmuebles), deben cumplir los siguientes requisitos:

Deberán estar declarados Bienes de Interés Cultural

O haberse incoado el correspondiente expediente para su declaración, o gozar de un nivel de protección equivalente según la normativa de aplicación, o estar incluidos dentro de un conjunto histórico y estar especialmente catalogados por el planeamiento municipal.

Deberán ser de titularidad pública

A estos efectos, se considera que son de titularidad pública los bienes pertenecientes a las Administraciones públicas, incluyendo tanto a las Administraciones territoriales como a los organismos autónomos.

Se exceptuarán de este requisito de titularidad pública:

  1. Las actuaciones que se realicen sobre bienes para los que exista una cesión para uso público debidamente inscrita en el correspondiente Registro público, durante un plazo mínimo de 50 años.
  2. Las actuaciones que se realicen en bienes incluidos en la lista de Patrimonio Mundial (UNESCO) o en los Planes Nacionales de Patrimonio Cultural aprobados por el Consejo del Patrimonio Histórico.

Uso preferentemente de carácter socio-cultural, turístico o de servicio público

Deberán destinarse, al menos por 50 años, a un uso preferentemente de carácter socio-cultural, turístico o de servicio público.

Criterios de valoración

Las solicitudes de actuación que cumplan con los requisitos establecidos en los párrafos anteriores serán valoradas y puntuadas según los criterios que a continuación se indican. Estos criterios de valoración fueron acordados entre los Ministerios de Fomento y Educación, Cultura y Deporte en la reunión de la Comisión Mixta celebrada el 15 de octubre de 2013 y están recogidos en la Orden FOM/1932/2014 de 30 de septiembre (BOE 22/10/2014).

Calidad técnica de la intervención solicitada

La calidad técnica de la intervención solicitada considerará aspectos como la idoneidad de la intervención propuesta con los criterios vigentes en materia de conservación de bienes de interés cultural, el valor arquitectónico de la propuesta, la adaptación de la intervención a su entorno físico y la adecuación del coste de la actuación.

Oportunidad de la actuación

Se valorará el estado de conservación del inmueble, en relación con su valor patrimonial.

Mejora del porcentaje de cofinanciación

Se establecerán unos porcentajes de cofinanciación mínimos por parte de las entidades solicitantes, puntuando aquellas solicitudes que superen dichos porcentajes mínimos.

Localización del inmueble

Se valorará si la actuación solicitada se encuentra en el entorno de alguna obra pública en ejecución, por parte del Ministerio de Fomento, o finalizada en los últimos 2 años, en función del grado de afectación por dicha obra pública.

Actuaciones completas para uso público

Se valorará que las actuaciones sean susceptibles de ser entregadas al uso público previsto, una vez finalizada la actuación. También tendrán la consideración de actuaciones completas aquéllas que, aunque constituyan una sola fase de una obra más compleja, sean susceptibles de ser entregadas al uso público de forma independiente al resto de fases, y se acredite la existencia de un plan director del inmueble en su conjunto.

Actuaciones que generen actividad económica, cultural y social

Se valorarán prioritariamente aquellas actuaciones que sean motor de actividad económica no sólo durante su ejecución y que, además, promuevan y generen la cultura y la cohesión social a su finalización, garantizando, asimismo, su conservación, y manteniendo la actividad prevista, más allá del momento de la materialización de la actuación.

En ese sentido, se prestará especial atención a aquellas solicitudes de actuación que formen parte de itinerarios histórico-artísticos o que estén incluidas en conjuntos históricos, cuya trascendencia fuera del ámbito local, esté reconocida.

Regeneración urbana y optimización del patrimonio inmobiliario público

Las propuestas de actuación que coadyuven a la regeneración urbana del entorno en que se ubican y/o que tengan como consecuencia, la optimización del Patrimonio Inmobiliario Público, obtendrán más puntuación en este apartado.