Compensador de agujas náuticas

  1. Se requerirá la posesión del Certificado de Compensador de Agujas Náuticas para ejercer la actividad profesional de compensador de agujas náuticas.
  2. La duración del curso no será inferior a treinta horas lectivas.
  3. Podrán realizar el curso de formación para la obtención del Certificado de Compensador los españoles o nacionales de otros Estados miembros de la Comunidad Europea o de terceros Estados que estén en posesión del título de Licenciado o Doctor en Náutica y Transportes Marítimos, o equivalente, expedido en España, o de la titulación superior equivalente a aquélla debidamente homologada por la Administración española.

Documentación a presentar en caso de :

  • a) Expedición.

    Se utilizará cuando se emita el certificado por primera vez.

  • b) Duplicado.

    Se utilizará por pérdida del certificado.

  • c) Reclamación.

    Se utilizará cuando el certificado tenga un defecto de forma.

  • d) Modificación datos personales.

    Se utilizará por cualquier modificación de los datos personales que figuran en el certificado. Ejemplo: Cambio NIE por DNI por obtener nacionalidad española, cambio de nombre, etc.