- Expedición.
Se utilizará cuando se emita el certificado por primera vez.
- Canje.
Se utilizará cuando se disponga del Certificado de Especialidad de “Buques tanque para el transporte de gases licuados”, regulado por la Orden de 16 de octubre de 1990, y se quiera obtener el nuevo Certificado.
- Duplicado.
Se utilizará por pérdida del certificado.
- Revalidación.
Se utilizará para revalidar el certificado, una vez transcurrido el periodo de validez de 5 años.
- Reclamación.
Se utilizará cuando el certificado tenga un defecto de forma.
- Modificación datos personales.
Se utilizará por cualquier modificación de los datos personales que figuran en el certificado. Ejemplo: Cambio NIE por DNI por obtener nacionalidad española, cambio de nombre, etc.