Básico de buques de pasaje

  1. Se requerirá la posesión del Certificado Básico de Buques de Pasaje a los Capitanes, Oficiales de Puente y de Máquinas y Marineros o personal con funciones de asistencia al pasaje en situaciones de emergencia, en los buques de pasaje con arqueo bruto superior a 100 e inferior a 500 GT o que estén autorizados a transportar más de 50 y menos de 300 pasajeros.
  2. El Certificado Básico de Buques de Pasaje se obtendrá tras superar satisfactoriamente el curso cuyo contenido se desarrolla en el anexo I y deberá cumplir las normas de competencia de la Sección A-V/2 del Código de Formación, determinadas en los párrafos 1, 2, 3 y 5 de dicha Sección.
  3. La duración del curso no será inferior a dieciséis horas, de las cuales, como mínimo, consistirán en doce horas de contenido teórico y cuatro horas de contenido práctico.

Documentación a presentar en caso de :

  1. Expedición.

    Se utilizará cuando se emita el certificado por primera vez.

  2. Duplicado.

    Se utilizará por pérdida del certificado.

  3. Revalidación.

    Se utilizará para revalidar el certificado, una vez transcurrido el periodo de validez de 5 años.

  4. Reclamación.

    Se utilizará cuando el certificado tenga un defecto de forma.

  5. Modificación datos personales.

    Se utilizará por cualquier modificación de los datos personales que figuran en el certificado. Ejemplo: Cambio NIE por DNI por obtener nacionalidad española, cambio de nombre, etc.