Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Área y superficie de subida en el despegue

Área de subida en el despegue

Se establecerá un área de subida en el despegue para cada sentido de la pista que haya de utilizarse en el despegue de aeronaves, cuyos límites serán los siguientes:

  1. Un borde interior de longitud, especificada en la Tabla I, perpendicular al eje de pista en el extremo de la zona libre de obstáculos, o cuando no exista dicha zona, a una distancia del extremo de la pista de 60 metros, si la letra de clave de la pista es A, B o C, ó de 30 metros cuando la letra clave sea D o E. Esta distancia se medirá horizontalmente en el sentido del despegue.
  2. Dos bordes laterales, que, partiendo de los extremos del borde interior, se separan uniformemente con determinado grado de divergencia, respecto al plano vertical que contiene al eje de la pista, hasta la distancia máxima que figura en la Tabla I. Esta distancia se mantiene constante hasta el borde exterior. El grado de divergencia es el que figura en la Tabla I.
  3. Un borde exterior perpendicular al eje de la pista. La distancia entre el borde interior y el borde exterior se fija en la Tabla I, y se medirá horizontalmente en el plano vertical que contenga al eje de la pista.

Las dimensiones del área de subida en el despegue, medidas horizontalmente, no podrán ser menores que las dimensiones que se indican en la Tabla I, excepto cuando a juicio de los Ministerios del Fomento y Defensa, la seguridad de maniobras de las aeronaves permita reducir dichas dimensiones.

Superficie de subida en el despegue

El límite inferior de la superficie de subida en el despegue será una línea horizontal contenida en el plano horizontal que contenga a su vez el borde interior del área de subida en el despegue. El límite inferior tendrá la elevación del punto más alto de la prolongación del eje de pista, comprendido en la distancia de 60 metros a partir del umbral, para las pistas con letras de clave A, B o C, o 30 metros para las letras de clave D o E. En el caso de que exista zona libre de obstáculos, la elevación del límite inferior será la del punto más alto de dicha zona.

La pendiente de la superficie de subida en el despegue, medida sobre la horizontal contenida en el plano vertical al eje de pista, no será mayor que la especificada en la Tabla I.

Tabla I. Área y superficie de subida en el despegue
Clave de referencia para las características Pista clave A Pista clave B Pista clave C Pista clave D Pista clave E
Distancia del borde interior al extremo de la pista (si no existe zona libre de obstáculos) 60 m 60 m 60 m 30 m 30 m
Longitud del borde interior - Pistas principales de despegue 180 m 180 m 180 m 80 m 60 m
Longitud del borde interior - Otras pistas 180 m (150 m)(1) 180 m (150 m) (1) 180 m (150 m)(1) 80 m 60 m
Divergencias a cada lado - Pistas principales de despegue 12,5% 12,5% 12,5% 10% 10%
Divergencias a cada lado - Otras pistas 12,5% (10%) (1) 12,5% (10%)(1) 12,5% (10%)(1) 10% 10%
Achura final - Pistas principales de despegue 1.200m (2) 1.200m (2) 1.200m (2) 580m 380m
Anchura final - Otras pistas 1.200m (2) 1.200m (2) 1.200m (2) 580m 380m
Longitud - Pistas principales de despegue 15.000m 15.000m 15.000m 2.500m 2.500m
Longitud - Otras pistas 12.000m 12.000m 12.000m 2.500m 1.600m
Pendiente - Pistas principales de despegue 2% a 1,6% 2% a 1,6% 2% a 1,6% 4% a 1,6% 5% a 1,6%
Pendiente - Otras pistas 2,5% 2,5% 2,5% 4% 5%

(1) Los valores escritos entre paréntesis pueden adoptarse para pistas que no sean principales, si los Ministerios de Fomento y Defensa lo juzgasen oportuno.
 

(2) Esta dimensión será de 1.800 metros cuando la trayectoria prevista incluya los cambios de rumbo mayores de 15 grados en las operaciones realizadas en condiciones meteorológicas de vuelo instrumental o vuelo visual nocturno.

Superficie de subida en el despegue. Pista de clave A, B ó C

Superficie de subida en el despegue. Pista de clave A, B ó C: longitud: 15.000 metros; anchura 1.200 metros; pendiente: 2%; longitud del borde interior: 180 metros; divergencia a cada lado: 12,5%