La Ley de Patrimonio Histórico establece la obligación de destinar en los contratos de obras públicas una partida de al menos el 1% a trabajos de conservación o enriquecimiento del Patrimonio Histórico Español o al fomento de la creatividad artística, con preferencia en la propia obra o en su inmediato entorno.
No tendrán esta obligación las obras cuyo presupuesto total no exceda de los 601.012,10 €. Las obras que afecten a la seguridad y defensa del Estado, así como a la seguridad de los servicios públicos.