Ayuda a la rehabilitación de viviendas destinadas al arrendamiento

¿Quiénes pueden solicitar esta ayuda?

Destinatarios de la ayuda. Los propietarios de viviendas libres.

Requisitos específicos:

  • Superficie útil máxima de la vivienda: 120 m2.
  • Vinculación al arrendamiento (directamente o mediante cesión) por un período mínimo de 1.25 veces m2 útil/año.
  • Renta máxima: importe máximo anual a pagar por el alquiler 7% precio teórico máximo de la vivienda aplicado a una superficie de 90 m2.

¿En qué consiste y por qué cuantía se concede?

Tipo de ayuda y características:

Subvención:

  • El Ministerio de Vivienda subvencionará al propietario los gastos de rehabilitación previa a la cesión en arrendamiento, en las siguientes condiciones:

    • Por una cuantía máxima de 6000 €.
    • La subvención no puede superar la cuantía total de las obras de rehabilitación.
    • Los gastos de rehabilitación incluyen coste seguro por impagos y desperfectos, no ordinarios

¿Qué Administraciones Públicas reconocen y tramitan esta ayuda?

Tramitación

La Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situada la vivienda, es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir esta subvención, que deberá solicitarse en el órgano competente en materia de vivienda de cada una de ellas, conforme al procedimiento que establezcan.

Seleccione la Comunidad o Ciudad Autónoma de su interés: